De los Españoles
Art. 5. Son Españoles: 1º Todos los hombres libres nacidos y avecinados en los dominios de las Españas, y los hijos de estos. 2º Los extrangeros que hayan obtenidos de las Córtes carta de naturaleza. 3º Los que sin ella lleven diez años de vecindad, ganada según la ley, en cualquier pueblo de la Monarquía. [...]







