Art. 5.
Son Españoles:
1º Todos los hombres libres nacidos y avecinados en los dominios de las Españas, y los hijos de estos.
2º Los extrangeros que hayan obtenidos de las Córtes carta de naturaleza.
3º Los que sin ella lleven diez años de vecindad, ganada según la ley, en cualquier pueblo de la Monarquía.
4º Los libertos desde que adquieran la libertad en las Españas.

Art. 6
El amor de la patria es una de las principales obligaciones de todos los Españoles; y asimismo el ser justos y benéficos.

Art. 7
Todo Español está obligado á ser fiel á la Constitución, obedecer las leyes, y respetar las autoridades establecidas.

Art. 8
También está obligado todo Español, sin distinción alguna, á contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.

Art. 9
Está asimismo obligado todo Español á defender la patria con las armas, quando sea llamado por la ley.

Constitución de Cadiz de 1812. Titulo I: De la Nacion española y de los españoles. Capítulo II: De los Españoles

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